Bogotá, 22 de junio de 2026.- Durante un panel sobre tendencias electorales en América Latina realizado en esta ciudad, el académico Daniel Zovatto y la magistrada Mónica Soto, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sostuvieron un intercambio de posturas respecto a la distribución de diputaciones plurinominales tras las elecciones federales de 2024 en México.
Zovatto, experto en procesos electorales, señaló que Morena obtuvo una mayoría legislativa superior a la reflejada en los resultados de las urnas. “Morena, gracias a una interpretación de los resultados electorales, terminó teniendo un nivel de mayorías significativamente más alto que el que electoralmente le dio”, afirmó el especialista, quien consideró que existió una sobrerrepresentación del partido oficialista.
En respuesta, la magistrada Mónica Soto defendió la actuación del tribunal y rechazó que se hubiera realizado una interpretación distinta a la prevista en la Carta Magna. “El Tribunal Electoral aplicó íntegra y textualmente la Constitución. Es un argumento falaz”, sostuvo Soto, quien agregó que la autoridad electoral utilizó la fórmula constitucional empleada en procesos previos.
El debate continuó con Zovatto insistiendo en que la resolución generó un amplio debate público y jurídico debido a la interpretación del límite de sobrerrepresentación previsto en el artículo 54 constitucional. La magistrada reiteró que la decisión se sustentó en disposiciones vigentes y criterios aplicados anteriormente por las autoridades electorales mexicanas.
Horas después del encuentro, Zovatto publicó un mensaje en su cuenta de X donde profundizó en sus argumentos. El académico calificó la sentencia como una de las decisiones electorales más controvertidas de los últimos años y expuso que dicha resolución “cerró la vía jurisdiccional”.
En su explicación posterior, Zovatto indicó que la sentencia “permitió al bloque oficialista de Morena impulsar reformas constitucionales de gran calado y altamente controversiales, aprovechándose de la súper mayoría que le concedió la mencionada sentencia”.
